El Banco de España ha publicado un «Compendio de criterios de buenas prácticas bancarias» que señalan directamente a las ventas combinadas y vinculadas de productos bancarios y seguros. Según el documento, los bancos no pueden obligar a los clientes a contratar productos vinculados para conceder préstamos hipotecarios o personales, a menos que sea en beneficio del cliente y esté autorizado por la autoridad competente.
Se permiten los seguros de amortización y de daños, pero los bancos deben aceptar pólizas de otros proveedores con condiciones similares sin cobrar comisiones adicionales por revisarlas. Además, aceptar una póliza diferente no debe empeorar las condiciones del préstamo.
En cuanto a la vinculación de cuentas de ahorro o pago al préstamo, se acepta solo si la cuenta se usa para gestionar el préstamo. También se debe informar claramente sobre los productos vinculados, sus beneficios y riesgos. Sobre las ventas combinadas, los bancos deben ofrecer los productos tanto juntos como por separado para que los clientes puedan comparar. Los puntos clave que deben aclararse incluyen el coste de cada producto, los riesgos y beneficios, y los efectos de la cancelación anticipada.
El Banco de España subraya que las entidades deben mantener informados a los clientes sobre el estado de los seguros asociados a la financiación, especialmente en caso de impagos. No hacerlo se considera una mala práctica
bancaria.
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