¡Bienvenido otoño! Llegan las fuertes lluvias y las típicas tormentas…
¿Te preocupa la temible DANA y sus devastadoras consecuencias por las riadas e inundaciones? Entonces esto te interesa.
¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)?
El CCS es una entidad pública que depende del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Cumple distintas funciones para complementar al sector asegurador español, aumentar su estabilidad y proteger a los asegurados. Este organismo da cobertura a los riesgos extraordinarios.

¿Puedo reclamar este tipo de daños al CCS?
El CCS te indemnizará este tipo de daños siempre que,
- Tengas contratada una póliza antes de que se produzca la situación extraordinaria.
- La póliza debe estar incluida en ramos aseguradores específicos, suelen ser los más habituales: seguro de multirriesgos (hogar, comercio, pyme,…), seguro de auto, seguros de vida, etc.
- Tienes que estar al corriente del pago de la póliza. Existen dos supuestos en el art. 15 Ley del Contrato de Seguro.
- Si se trata de una póliza de nueva contratación la prima debe estar liquidada inmediatamente.
- En el caso de renovación de la póliza la prima debe estar liquidada durante el periodo de gracia (30 días desde su vencimiento).
- La cobertura del consorcio tiene una carencia de cobertura de 7 días desde la contratación, salvo en casos de renovación.