El pasado 1 de julio entró en vigor una nueva reforma del Código Penal que afecta a todas las empresas. Desde Espabrok se ha establecido un nuevo servicio para dar solución a las exigencias reflejadas en esa modificación. Hoy, desde nuestra correduría de seguros en Ontinyent te contamos todo lo que necesitas saber al respecto. ¡Vamos a ello!
Preguntas que surgen con la reforma del Código Penal
Si tienes una empresa, probablemente te hayan surgido muchas preguntas entorno a la nueva regulación. A continuación respondemos a algunas de ellas:
- ¿Puedes mi empresa estar sujeta a responsabilidad penal?
Desde la entrada en vigor el 1 de julio de 2015 de la última y transcendente reforma del Código Penal, cualquier Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, Cooperativa, Asociación, etc. del sector privado, puede tener que responder de forma penal de aquellos delitos que se hayan cometido en su seno.
- ¿Qué consecuencias puede tener una condena penal para mi empresa?
Las penas están fijadas en función de los delitos cometidos, pero todas son graves, abarcando desde importantes multas, hasta la suspensión de la actividad, la clausura de las instalaciones o incluso la disolución de la propia empresa en los casos más extremos.
Todo esto unido al desprestigio y perjuicio a nivel de negocio que una situación de imputación y condena penal tendría para tu empresa.
- ¿En qué casos puede mi empresa ser responsable penalmente?
Sólo en el caso de determinados delitos expresamente previstos al efecto en nuestro Código Penal, si bien la lista es muy amplia, incluyendo delitos tan relevantes y desgraciadamente comunes como la estafa, las insolvencias punibles, la corrupción, el blanqueo de capitales, los delitos contra la Hacienda pública y la Seguridad Social, los delitos relacionados con la ordenación del territorio, los medioambientales, el cohecha, el tráfico de influencias…entre otros.
- ¿Puedo evitar con antelación que mi empresa responda penalmente de los potenciales delitos cometidos en su seno?
Sí, el Código Penal contempla la posibilidad de que las empresas puedan quedar exentas de esa responsabilidad penal si han implantado eficazmente Modelos de Organización y Gestión que incluyan medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir los delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
- ¿Qué debe hacer mi empresa entonces?
Debes implantar el Protocolo de actuación en materia de Prevención de Delitos Penales que, ejecutado de forma eficiente, te eximirá de la responsabilidad penal que te correspondería en caso de que se cometiera un delito en tu empresa.
¡Espabrok te ayuda a adaptarte!
Para adaptarse a esta nueva modificación del Código Penal, Espabrok cuenta con un nuevo servicio, así que si no sabes cómo implantar el Protocolo en tu empresa, no te preocupes.
Desde Espabrok hemos negociado con INADE (Instituto Atlántico del Seguro) un acuerdo para toda la red, que pone a nuestra disposición este servicio especializado para implantar y mantener vigente con actualizaciones el Protocolo de la empresa en materia de Prevención de Delitos Penales. El importe de este servicio es de 484€ anuales (IVA incluido).
Esperamos haber resuelto tus dudas y que lo relativo a la reforma del Código Penal ya no sea un quebradero de cabeza para ti y tu empresa. Si hay algo que no te ha quedado claro, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¡Estaremos encantados de ayudarte!