Desde el pasado 31 de diciembre ha entrado en vigor un nuevo Real Decreto 1055/2015 según el cual los conductores de un ciclomotor ya pueden circular con pasajero independientemente de la edad. Desde nuestra correduría de seguros en Ontinyent te contamos a continuación todos los detalles.
Conducir con pasajero con independencia de la edad
El último día de 2015 entró en vigor un nuevo Reglamento General de Conductores según el cual los conductores de ciclomotor de dos o tres ruedas o cuatriciclos ligeros pueden circular con pasajeros, aunque no hayan cumplido aún los 18 años.
Esta es una de las propuesta realizadas por la DGT en los últimos meses. Desde hace unas semanas, los conductores con permiso de la clase AM ya no deben acatar la norma que les obligaba a esperar a ser mayores de edad para transportar pasajeros en sus vehículos.
El anterior Reglamento General de Conductores databa de 2009. El pasado mes de diciembre sufrió esta y otras modificaciones que se adaptan al contexto social actual y que están avaladas por el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo.
A continuación puedes comprobar tú mismo en qué consiste el cambio:
Real Decreto 818/2009
“El permiso de conducción de la clase AM autoriza para conducir ciclomotorees de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos. No obstante, hasta los dieciocho años cumplidos no autorizará a conducir los correspondientes vehículos cuando transporten pasajeros.”
Real Decreto 1055/2015 (VIGENTE)
“El citado dictamen se pronuncia sobre la limitación impuesta por el mencionado Reglamento, en cuanto a llevar pasajero con el permiso de la clase AM hasta que su titular tenga dieciocho años cumplidos, motivo por el que se procede a suprimir dicha prohibición.”
“El permiso de conducción de la clase AM autoriza para conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos.”